Jefe de Mantenimiento

Normativa revisada en el BOE el

Ascensores: mantenimiento mensual e inspección periódica (ITC AEM 1)

En resumen

La ITC AEM 1 (RD 355/2024), en vigor desde el 1 de julio de 2024, exige contrato con una empresa conservadora y una revisión presencial cada mes, con entre 20 y 45 días entre visitas. La inspección por organismo de control es cada 2 años en edificios industriales y de pública concurrencia (hoteles, hospitales, asilos, restaurantes), cada 4 años en edificios de más de 20 viviendas o más de 4 plantas servidas y cada 6 años en el resto. La inspección la contrata el titular, nunca la conservadora. Si vence sin hacerse, la conservadora debe dejar el ascensor fuera de servicio.

Revisiones obligatorias que trata esta guía

  • Tu equipo
  • Empresa mantenedora
  • OCA / inspección
  • Según plan o contrato
Periodicidades y quién las hace: Ascensores (ITC AEM 1)
Instalación Diario a mensualTrimestral y semestralAnualCada 2 a 4 añosCada 5 años o más
Ascensores ASC · ITC AEM 1, RD 355/2024 La inspección la contrata el titular, nunca la conservadora

Visita de la conservadora cada mes, de 20 a 45 días (Empresa mantenedora)

Cada 4 meses en viviendas unifamiliares (Empresa mantenedora)

Sin tarea periódica en este plazo

OCA cada 2 años en industria y pública concurrencia (OCA / inspección)

OCA cada 4 años con más de 20 viviendas o más de 4 plantas (OCA / inspección)

OCA cada 6 años en el resto (OCA / inspección)

Mínimos del reglamento, texto consolidado del BOE revisado el . Potencia, carga, categoría o uso del edificio cambian la fila: el criterio está en cada guía.

Ver la tabla completa de revisiones obligatorias

El ascensor es la instalación en la que el jefe de mantenimiento menos toca y más firma. El mantenimiento es entero de la empresa conservadora y la inspección es de un organismo de control. Lo que queda en tu lado es justo lo que la norma no deja delegar: tener contrato en vigor, contratar tú la inspección, guardar los papeles y decidir qué se hace con cada defecto.

La norma vigente es la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», aprobada por el Real Decreto 355/2024 y en vigor desde el 1 de julio de 2024. Derogó la ITC anterior (RD 88/2013) y el RD 57/2005 sobre seguridad del parque existente, así que cualquier resumen que cite esas dos normas está desfasado. Texto consolidado del BOE revisado el 1 de octubre de 2026, con las modificaciones posteriores incorporadas. El resto de reglamentos de un edificio está en la sección de mantenimiento legal.

Qué aparatos entran

Para la ITC, un ascensor es un aparato de elevación instalado de forma permanente, con un habitáculo que sirve niveles definidos y se desplaza a lo largo de guías con una inclinación superior a 15 grados, destinado a transportar personas, personas y objetos, o solo objetos si el habitáculo es accesible y tiene los mandos dentro o al alcance de quien esté dentro (art. 2.a). Se aplica con independencia de cómo se llame comercialmente el aparato y de la velocidad a la que se mueva.

Quedan fuera, entre otros (art. 1.2):

  • Las escaleras mecánicas y los andenes móviles.
  • Los aparatos que discurren a lo largo de una escalera o una rampa.
  • Los elevadores de solo dos paradas que salvan menos de la altura de una planta, con un máximo de tres metros.
  • Los aparatos vinculados a una máquina para acceder a puestos de trabajo y los de obras de construcción.

Quién es quién

FiguraQuién esQué le toca
TitularEl propietario o, en su caso, el arrendatario (art. 2.x)Contrato con conservadora, contratar la inspección, corregir defectos, custodiar la documentación
Empresa conservadoraEmpresa habilitada mediante declaración responsable (art. 6)Revisiones, averías, rescates, registro de mantenimiento, avisos al titular
Organismo de controlEntidad acreditada en el campo reglamentario de ascensoresInspección inicial, periódica y tras accidente; certificado y etiqueta en cabina

Una empresa de mantenimiento integral puede incluir los ascensores en su oferta, pero solo si los mantiene a través de una empresa conservadora o si ella misma está habilitada como tal (art. 4.1). Si tu contrata integral subcontrata el ascensor, pide ver con quién.

Las obligaciones del titular

El artículo 4 las enumera. Resumidas:

  1. Usar el ascensor solo con contrato de mantenimiento en vigor con una empresa conservadora.
  2. Pedir la puesta fuera de servicio cuando sepas que no reúne garantías de seguridad.
  3. Avisar a la conservadora: de inmediato si hay un accidente; en 24 horas como máximo si hay una anomalía de funcionamiento.
  4. Reparar lo que la conservadora comunique por escrito, en el plazo que ella fije según el riesgo. Si el plazo vence sin reparar, tienes que pedir la puesta fuera de servicio. Si no estás de acuerdo con su dictamen, puedes encargar una inspección de esos elementos a un organismo de control.
  5. Contratar la inspección periódica a su debido tiempo, facilitar el acceso y tener a mano el último certificado.
  1. Contratar la subsanación de los defectos del certificado de inspección, con una conservadora habilitada, en los plazos marcados.
  2. Comunicar las bajas temporales a la comunidad autónoma, con el certificado de la conservadora.
  3. Conservar la documentación y entregar una copia a la nueva conservadora si cambias de empresa.

Error frecuente

Dejar que la conservadora «se encargue» de la inspección. La norma lo prohíbe: la inspección periódica no la puede contratar en ningún caso la empresa conservadora (art. 4.5). El organismo de control lo eliges y lo contratas tú; la conservadora avisa de la fecha y asiste a la visita.

Mantenimiento: visita mensual y boletín

Plazos

AscensorRevisión presencial mínima
Viviendas unifamiliaresCada 4 meses
Puestos en servicio con declaración de conformidad de máquinas, en edificios de viviendas de hasta tres paradas y que no den servicio a más de 20 viviendasCada 4 meses
Todos los demásCada mes, con no menos de 20 días ni más de 45 entre revisiones

Un hotel, una residencia, una fábrica o un edificio de oficinas están siempre en la última fila (art. 5.4).

Qué se revisa

Las comprobaciones mínimas son las de la norma UNE 58720, a la que la ITC se remite (art. 5.2). La conservadora debe tener, para cada ascensor, un plan de mantenimiento actualizado que incluya esas actuaciones mínimas, las del fabricante o instalador y las que ella considere necesarias, con el tiempo estimado y el personal previsto (art. 5.3). El plan está a disposición de la comunidad autónoma.

El boletín de cada visita

Tras cada actuación, la conservadora entrega al titular un boletín en un máximo de diez días (art. 5.5). Debe llevar:

  • Fecha, y hora de inicio y de final del mantenimiento.
  • Identificación de la empresa y del conservador.
  • Número RAE, número de serie y dirección del ascensor.
  • Relación de trabajos y comprobaciones según el plan de mantenimiento.
  • Firma del conservador.

Se entrega en papel, salvo que acuerdes con la conservadora recibirlo por vía electrónica.

Nota práctica

La hora de entrada y de salida del boletín es un dato de control barato. Con el plan de mantenimiento delante, que debe indicar el tiempo estimado de cada revisión, puedes comparar lo previsto con lo que dura la visita en cada ascensor.

Lo que la conservadora debe garantizar

Estas obligaciones del artículo 7 tienen que constar en el contrato de mantenimiento:

SituaciónObligación de la conservadora
Avería que para el ascensor, sin personas atrapadasEnviar personal en un máximo de 24 horas
Personas atrapadas, accidente o urgencia similarAcudir de manera inmediata
Elementos que hay que reparar o sustituirComunicarlo al titular por escrito
Riesgo grave e inminentePoner el ascensor fuera de servicio y comunicarlo al órgano competente
Trabajos mal ejecutadosGarantía de corrección durante dos años
Próxima inspección periódicaAvisar al titular con al menos tres meses de antelación
Inspección vencida sin hacerseDejar el ascensor fuera de servicio y comunicarlo en 24 horas al titular y a industria
Accidente con dañosComunicarlo a la comunidad autónoma en 24 horas y mantener el ascensor parado hasta recibir instrucciones

Inspección periódica: 2, 4 o 6 años

Dónde está el ascensorInspección mínima
Edificios de uso industrial o lugares de pública concurrenciaCada 2 años
Edificios de más de 20 viviendas o con más de 4 plantas servidasCada 4 años
El restoCada 6 años

Qué es pública concurrencia para los ascensores

El artículo 11.4 trae su propia definición:

  • Espectáculos y actividades recreativas, cualquiera que sea su ocupación: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, salas de fiesta, discotecas.
  • Reunión, trabajo y usos sanitarios, cualquiera que sea la ocupación: templos, museos, salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes, zonas comunes de agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías.
  • Si la ocupación prevista supera las 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, edificios de oficinas, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos. La ocupación se calcula a razón de una persona por cada 0,8 m² de superficie útil, sin contar pasillos, repartidores, vestíbulos, almacenes y servicios.
  • Los locales clasificados BD2, BD3 y BD4 según la UNE-HD 60364-5-51 y cualquier otro local con capacidad para más de 100 personas.

Cuando en un edificio conviven usos distintos, manda el uso principal. La norma pone el ejemplo: una consulta médica o un despacho de abogados en un edificio residencial no lo convierten en pública concurrencia.

Antes de la visita

  • La conservadora notifica al titular la fecha límite con tres meses de antelación. El aviso debe incluir la advertencia de que, pasada esa fecha sin inspección, dejará el ascensor fuera de servicio el siguiente día hábil.
  • El organismo de control comunica la fecha prevista al titular y a la conservadora, para que puedan presenciarla.
  • En el lugar de la inspección tienen que estar el número RAE, el expediente o la ficha técnica (los aporta la conservadora), la copia del último certificado de inspección (la aporta el titular) y el registro de mantenimiento con el histórico de averías y accidentes del último año.

Defectos y resultado

ResultadoQué significaPlazoEtiqueta en cabina
Favorable sin defectosNingún defecto—Verde, «Favorable sin defectos»
Favorable con defectos levesIncumplimientos que no suponen peligro ni perturban el funcionamientoSubsanar en un máximo de 6 meses desde su detección; la conservadora certifica la corrección ante el organismo de control«Favorable (con defectos leves)»
Desfavorable con defectos gravesIncumplimientos que pueden ser peligrosos si falla la instalaciónEl que fije el inspector, nunca más de 6 meses; después, segunda visita de inspección«Condicionada»
Desfavorable con defectos muy gravesRiesgo inminenteFuera de servicio de inmediato; para volver a funcionar, nueva inspección periódica completa por el mismo organismo«Fuera de servicio», en cabina y en la puerta de planta baja

Tres avisos de la letra pequeña del artículo 11:

  • Un defecto leve que sigue sin corregir en la siguiente inspección pasa a ser leve reiterado, y puede acabar en sanción de la comunidad autónoma.
  • Si la segunda visita por defectos graves no se puede hacer porque el titular o el conservador no la facilitan, el organismo emite acta desfavorable y la comunidad autónoma determina la paralización del aparato.
  • El organismo de control entrega el certificado al titular, a la conservadora y a industria en un plazo de 15 días.

Plazos alrededor de la inspección periódica de un ascensor

Meses antes y después de la fecha límite de la inspección.

La empresa conservadora avisa al titular de la fecha límite de la inspección con al menos tres meses de antelación; si la inspección no se hace a tiempo, deja el ascensor fuera de servicio el día hábil siguiente; tras la inspección, el certificado llega en 15 días y los defectos se corrigen en un máximo de 6 meses. −6 meses −3 Fecha límite +3 +6 meses Tu aviso para contratar el organismo de control Recomendación de esta guía: seis meses antes 6 meses antes Aviso de la empresa conservadora Al menos tres meses antes de la fecha límite 3 meses antes Inspección periódica La contratas tú; nunca la conservadora fecha límite Si no se ha hecho: fuera de servicio La conservadora lo para el siguiente día hábil día hábil siguiente Certificado de la inspección Al titular, a la conservadora y a industria 15 días Corrección de defectos Leves: 6 meses; graves: el plazo del inspector, nunca más de 6 meses 6 meses
Verde: lo que haces tú. Amarillo: lo que hace la empresa conservadora. Grafito: el organismo de control. El gráfico supone que la inspección se hace en la fecha límite; el certificado y la corrección de defectos cuentan desde la inspección. Fuente: RD 355/2024 (ITC AEM 1), arts. 4, 7 y 11; texto consolidado del BOE revisado el 1 de octubre de 2026.

Ascensores existentes: las medidas del anexo VII

La ITC obliga a incorporar medidas de seguridad en los ascensores existentes a su entrada en vigor, salvo en los que tienen declaración de conformidad con la Directiva 2014/33/UE, con la Directiva 2006/42/CE o con el Reglamento (UE) 2023/1230. No ejecutarlas en plazo se califica como defecto grave en la inspección (art. 11.8).

MedidaCuándo es obligatoria
Precisión de parada y nivelación (±10 mm y ±20 mm)En 6 meses si hay un accidente por falta de nivelación o cuando se cambia el grupo tractor. En ascensores eléctricos de una velocidad, en 1 año si la inspección periódica mide valores peores
Protección contra el cierre de puertas automáticas (cortina de 25 a 1.600 mm)En 1 año desde la primera inspección que detecte su ausencia, si es técnicamente viable y no obliga a cambiar las puertas; en 6 meses si ha habido un accidente
Protección contra movimientos incontrolados de la cabinaCuando se cambien a la vez el grupo tractor y la maniobra
Comunicación bidireccional en cabina con un centro de rescateEn 1 año desde la primera inspección que detecte su ausencia
Dispositivo de control de cargaEn 1 año desde la primera inspección que detecte su ausencia, si es viable sin cambiar el cuadro de maniobra
Sustitución de guías cilíndricas, de raíl o de madera, y adecuación del contrapesoDe 3 a 10 años desde la primera inspección que las detecte, según la fecha de instalación del ascensor

Siguen siendo obligatorias, además, las medidas que ya exigía el RD 57/2005: interruptor de parada, alumbrado y toma de corriente en el foso, puertas de cabina, iluminación y alarma de emergencia en cabina, protección de poleas, entre otras.

Si una medida es técnicamente imposible, el titular puede pedir la exoneración a la comunidad autónoma proponiendo medidas alternativas equivalentes, con informe favorable previo de un organismo de control (disposición transitoria primera).

Paradas largas, accidentes y cambio de conservadora

Baja temporal. Si decides dejar un ascensor fuera de servicio, lo comunicas a la comunidad autónoma con el certificado de la conservadora. Solo una empresa conservadora puede volver a ponerlo en marcha. Tras más de tres meses parado necesita una revisión con el alcance de la anual de la UNE 58720. Y la baja no detiene el reloj de la inspección: si el plazo venció durante la parada, hace falta una inspección periódica favorable sin defectos antes del alta (art. 4.7). Dato a tener en cuenta en hoteles de temporada.

Accidente. El titular avisa de inmediato a la conservadora y esta a la comunidad autónoma. Con daños a personas o al propio aparato, el ascensor queda fuera de servicio, y antes de volver a funcionar el titular debe encargar una inspección con el alcance de una periódica, con resultado favorable sin defectos, a un organismo de control distinto del que hizo la última inspección periódica (art. 13.1).

Cambio de conservadora. El titular entrega el registro de mantenimiento de la empresa saliente a la entrante. El cambio se comunica a la anterior de forma fehaciente y con antelación, con la fecha del nuevo contrato, y esa comunicación se archiva en el registro (art. 4.8).

Qué papeles guarda el titular

El artículo 4.8 da la lista. Tienen que estar a disposición de la comunidad autónoma:

  1. Registro de puesta en servicio emitido por la comunidad autónoma.
  2. Declaración de conformidad CE o UE, en su caso.
  3. Ficha técnica de la instalación.
  4. Manual de funcionamiento.
  5. Registro de mantenimiento del ascensor: boletines, incidencias y averías, accidentes, reparaciones, componentes de seguridad, modificaciones e inspecciones.
  6. Contrato de mantenimiento con empresa conservadora habilitada.
  7. Certificados de inspección periódica.

La conservadora guarda los boletines entre dos inspecciones periódicas favorables y, en todo caso, los de los doce meses anteriores a la última. La documentación de las modificaciones la conserva el titular durante toda la vida útil del ascensor (art. 5.5).

Cómo llevarlo en tu plan

  1. Una ficha por ascensor: número RAE, conservadora, fecha de la última inspección, resultado y fecha límite de la siguiente. Con varios edificios, el plazo cambia de uno a otro: 2 años en el hotel, 4 o 6 en un bloque de viviendas del mismo propietario.
  2. Aviso propio a seis meses del vencimiento. La conservadora avisará a tres, pero el organismo de control lo contratas tú y tiene su agenda.
  3. Boletín mensual contra calendario. Si entre dos boletines pasan más de 45 días, la conservadora está fuera de plazo.
  4. Cada defecto, una orden de trabajo con su fecha límite: seis meses para los leves, lo que diga el certificado para los graves. Un defecto leve olvidado vuelve como reiterado.
  5. Las medidas del anexo VII en el presupuesto. Lo que la inspección detecte tiene plazo de un año en varios casos; conviene saber antes qué le falta a cada ascensor.
  6. Contrato revisado contra el artículo 7: tiempos de respuesta, garantía de dos años y avisos tienen que estar escritos.

Las fechas de ascensores van en el mismo calendario que el resto de inspecciones del edificio. La tabla con todas está en el calendario de mantenimiento reglamentario, y la forma de convertir cada obligación en una tarea con responsable, en el plan de mantenimiento preventivo.

Preguntas frecuentes

¿Cada cuántos años hay que pasar la inspección del ascensor?
Como mínimo cada 2 años en edificios de uso industrial o de pública concurrencia, cada 4 años en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas servidas y cada 6 años en el resto (ITC AEM 1, art. 11.4). La hace un organismo de control acreditado en el campo de ascensores.
¿Quién tiene que contratar la inspección periódica del ascensor?
El titular, por sí mismo o a través de su representante. El artículo 4.5 dice expresamente que la inspección periódica no puede contratarla en ningún caso la empresa conservadora. La conservadora sí debe avisar al titular de la fecha con al menos tres meses de antelación y estar presente en la inspección.
¿Qué pasa si se pasa la fecha de la inspección?
La empresa conservadora debe dejar el ascensor fuera de servicio y comunicarlo de forma fehaciente al titular y al órgano de industria de la comunidad autónoma dentro de las 24 horas siguientes (art. 7.7). El aviso previo que envía al titular tiene que advertirlo con un texto que fija la propia norma.
¿Cada cuánto debe venir la empresa conservadora?
Cada mes, sin que pasen menos de 20 días ni más de 45 entre dos revisiones presenciales. El plazo es de cuatro meses solo en ascensores de viviendas unifamiliares y en los puestos en servicio con declaración de conformidad de máquinas instalados en edificios de viviendas de hasta tres paradas que no den servicio a más de 20 viviendas (art. 5.4).
¿Un montacargas es un ascensor a efectos de la ITC AEM 1?
Depende del habitáculo, no del nombre. Un aparato que solo transporta objetos es ascensor para esta ITC si una persona puede entrar en el habitáculo sin dificultad y los mandos están dentro o al alcance de quien esté dentro (art. 2.a). La norma se aplica con independencia de la designación comercial y de la velocidad.
¿Cuánto tiempo hay para corregir los defectos de la inspección?
Los defectos leves, como máximo seis meses desde su detección. Los graves dan resultado desfavorable y el plazo lo fija el inspector según su importancia, sin superar los seis meses, con una segunda visita. Con un defecto muy grave el ascensor queda fuera de servicio hasta que se corrija y pase una nueva inspección completa (art. 11.9).

Fuentes

  1. Real Decreto 355/2024, Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», texto consolidado (BOE)

Sigue leyendo