Jefe de Mantenimiento

Normativa revisada en el BOE el

RITE: mantenimiento obligatorio e inspecciones de climatización y ACS

En resumen

El RITE (RD 1027/2007) obliga a mantener con empresa mantenedora habilitada toda instalación térmica desde 5 kW. Por encima de 70 kW hace falta contrato de mantenimiento, las operaciones de la tabla 3.3 son mensuales, de una vez o de dos veces por temporada, y la mantenedora firma un certificado anual. Las calderas y enfriadoras de más de 70 kW pasan una inspección de eficiencia energética cada 4 años, y la instalación completa otra cada 15 años cuando supera los 15 de antigüedad. El registro de operaciones se conserva cinco años.

Revisiones obligatorias que trata esta guía

  • Tu equipo
  • Empresa mantenedora
  • OCA / inspección
  • Según plan o contrato
Periodicidades y quién las hace: RITE, mantenimiento e inspecciones
Instalación Diario a mensualTrimestral y semestralAnualCada 2 a 4 añosCada 5 años o más
Instalaciones térmicas de más de 70 kW RITE · RITE, RD 1027/2007 Contrato obligatorio con empresa mantenedora

Operaciones mensuales de la tabla 3.3: quemador, filtros de aire, seguridades, bombas (Empresa mantenedora)

Rendimiento de calderas y enfriadoras cada 3 meses (cada mes si pasan de 1.000 kW) (Empresa mantenedora)

Operaciones de dos veces por temporada: humos, torres, filtros de agua (Empresa mantenedora)

Operaciones de una vez por temporada y certificado anual de mantenimiento (Empresa mantenedora)

Inspección de eficiencia energética, 4 años (OCA / inspección)

Instalación completa cada 15 años si tiene más de 15 (OCA / inspección)

Mínimos del reglamento, texto consolidado del BOE revisado el . Potencia, carga, categoría o uso del edificio cambian la fila: el criterio está en cada guía.

Ver la tabla completa de revisiones obligatorias

Calderas, enfriadoras, bombas de calor, climatizadores, fan-coils y producción de agua caliente: todo eso es RITE. Es un reglamento que se delega casi entero en la empresa mantenedora, y por eso conviene saber qué le pide la tabla a ella y qué te pide el articulado a ti. Un parte mensual firmado no demuestra por sí solo que se haya hecho lo que toca.

Esta guía resume lo que el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (Real Decreto 1027/2007) exige en mantenimiento, documentación e inspecciones, con la redacción vigente tras el Real Decreto 178/2021, que se aplica desde el 1 de julio de 2021. Texto consolidado del BOE revisado el 1 de octubre de 2026. Es una de las piezas del mantenimiento legal de un edificio; el resto de reglamentos está en el calendario de mantenimiento reglamentario.

Qué instalaciones entran

Para el RITE, una instalación térmica es una instalación fija de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) destinada al bienestar térmico y la higiene de las personas, o de producción de agua caliente sanitaria, incluidas las conexiones a redes urbanas y los sistemas de automatización y control (art. 2.1).

Las obligaciones de mantenimiento, uso e inspección alcanzan a todas las instalaciones térmicas, también a las anteriores al reglamento (art. 2.2). Queda fuera la parte de una instalación dedicada a procesos industriales, agrícolas o de otro tipo que no atienda a personas (art. 2.6).

La potencia decide casi todo

El artículo 26 reparte las obligaciones según la potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o de frío:

Potencia instaladaQuién mantieneQué exige además
De 5 kW a 70 kWEmpresa mantenedora habilitada, según el manual de uso y mantenimientoRegistro de operaciones
Más de 70 kWEmpresa mantenedora, con contrato de mantenimiento firmado por el titularRegistro, certificado anual y programa de gestión energética
Más de 5.000 kW en calor o de 1.000 kW en frío, o solar de más de 400 kWEmpresa mantenedora con contrato, bajo un director de mantenimientoEl director es un técnico titulado competente, de la propiedad o de la mantenedora

Qué obligaciones del RITE se suman al crecer la potencia

Potencia térmica nominal instalada, en escala logarítmica: cada línea vertical vale diez veces la anterior.

Desde 5 kW, el mantenimiento lo hace una empresa mantenedora habilitada; desde 20 kW se miden cada 2 años los generadores de calor; por encima de 70 kW hay contrato, certificado anual, medidas de rendimiento cada 3 meses e inspección de eficiencia energética cada 4 años; por encima de 1.000 kW las medidas son mensuales y en frío hace falta director de mantenimiento, que en calor se exige por encima de 5.000 kW. 1 kW 10 100 1.000 10.000 kW Mantenimiento por empresa mantenedora habilitada Hasta 70 kW, con la periodicidad de la tabla 3.1 5 kW Contrato de mantenimiento y certificado anual Operaciones de la tabla 3.3, la mayoría mensuales 70 kW Medidas de rendimiento: generadores de calor 2 años 20 kW cada 3 meses 70 kW cada mes 1.000 kW Medidas de rendimiento: generadores de frío cada 3 meses 70 kW cada mes 1.000 kW Inspección de eficiencia energética Generadores de calor o de frío; y la instalación completa cada 15 años cuando tiene más de 15 cada 4 años 70 kW Director de mantenimiento: frío 1.000 kW Director de mantenimiento: calor 5.000 kW Hotel del ejemplo 400 kW de calor
Cada barra empieza en la potencia a partir de la cual se aplica la obligación (en las medidas de rendimiento, cambia la periodicidad). Amarillo: lo hace la empresa mantenedora; grafito: inspección por una entidad o un agente cualificado. El hotel del ejemplo de esta guía (400 kW de calor y 300 de frío) queda en el mismo tramo por las dos potencias. No se muestran las instalaciones solares, que necesitan director por encima de 400 kW, ni las exenciones de la IT 4.3.4. Fuente: RD 1027/2007 (RITE), art. 26, IT 3.3, IT 3.4 e IT 4; texto consolidado del BOE revisado el 1 de octubre de 2026.

Dos detalles que cambian la cuenta:

  • En las instalaciones solares térmicas se toma la potencia del equipo de apoyo. Si no hay equipo de apoyo, la potencia es la superficie de apertura de los captadores multiplicada por 0,7 kW/m² (art. 26.7).
  • El titular puede mantener con personal de su plantilla si presenta una declaración responsable de que cumple los requisitos del artículo 37 (art. 26.8).

Nota práctica

La cifra que cuenta es la potencia total instalada en generación, no la de cada máquina. Tres bombas de calor de 30 kW suman 90 kW y ya exigen contrato, operaciones de la tabla 3.3 e inspecciones periódicas. Apunta la potencia de cada generador en el inventario y la suma por instalación.

Qué responde el titular

El titular o usuario responde del cumplimiento del RITE desde la recepción provisional, y la garantía del instalador no sustituye al mantenimiento (art. 25.1). En concreto, es responsable de que se hagan tres cosas (art. 25.5):

  1. El mantenimiento por una empresa mantenedora habilitada.
  2. Las inspecciones obligatorias.
  3. La conservación de la documentación de todas las actuaciones (mantenimiento, reparación, reforma e inspección), dentro del Libro del Edificio cuando exista.

La mantenedora, por su parte, responde de que el mantenimiento se haga de acuerdo con el manual de uso y mantenimiento y con el reglamento (art. 26.3). Cuando el titular le encarga el servicio, debe entregarle una copia de ese manual (art. 26.2).

Hasta 70 kW: la tabla 3.1

El programa de mantenimiento preventivo es el del manual de uso y mantenimiento, con periodicidades que no pueden ser menores que las de la tabla 3.1 de la IT 3.3:

Equipo y potencia útil nominalViviendasResto de usos
Calentadores de ACS a gas, hasta 24,4 kW5 años2 años
Calentadores de ACS a gas, de 24,4 a 70 kW2 añosAnual
Calderas murales a gas, hasta 70 kW2 añosAnual
Resto de instalaciones de calefacción, desde 70 kWAnualAnual
Aire acondicionado, hasta 12 kW4 años2 años
Aire acondicionado, de 12 a 70 kW2 añosAnual
Bomba de calor para ACS, hasta 12 kW4 años2 años
Bomba de calor para ACS, de 12 a 70 kW2 añosAnual
Instalaciones de más de 70 kWMensualMensual
Solar térmica, hasta 14 kWAnualAnual
Solar térmica, más de 14 kWSemestralSemestral

La columna que interesa a un hotel, una residencia, una oficina o un local es la de la derecha. Tres matices de la propia IT 3.3:

  • Con supervisión remota en continuo, las instalaciones de hasta 70 kW pueden alargar la periodicidad hasta 2 años, siempre que la seguridad y la eficiencia queden garantizadas.
  • En todos los casos mandan también las especificaciones del fabricante.
  • Si una instalación de hasta 70 kW no tiene manual, se mantiene según el criterio profesional de la mantenedora; la tabla 3.2 da una lista orientativa de operaciones.

Más de 70 kW: la tabla 3.3

Por encima de 70 kW, si no existe manual de uso y mantenimiento, la empresa mantenedora contratada tiene que redactarlo y entregárselo al titular. Las operaciones mínimas son las de la tabla 3.3, que usa cuatro periodicidades:

  • m: una vez al mes, la primera al inicio de la temporada.
  • t: una vez por temporada (año).
  • 2 t: dos veces por temporada, una al inicio y otra a la mitad del periodo de uso, con al menos dos meses entre ambas.
  • S: una vez por semana. Las marcadas como S* las puede hacer el propio usuario, con el asesoramiento previo del mantenedor.

Agrupadas por periodicidad, quedan así:

PeriodicidadOperaciones de la tabla 3.3
Mensual (m)Estanquidad y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos · limpieza del quemador · vaso de expansión · sistemas de tratamiento de agua · estanquidad del cierre entre quemador y caldera · niveles de agua en circuitos · tarado de elementos de seguridad · revisión y limpieza de filtros de aire · aparatos de humectación y enfriamiento evaporativo · bombas y ventiladores · sistema de preparación de ACS
Una vez por temporada (t)Limpieza de evaporadores y de condensadores · revisión general de calderas de gas y de gasóleo · estanquidad de circuitos de tuberías · baterías de intercambio térmico · unidades de impulsión y retorno de aire · aislamiento térmico · red de conductos según la UNE 100012 · calidad ambiental según la UNE 171330 · mezcla anticongelante y sistema de intercambio en solar
Dos veces por temporada (2 t)Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración · circuito de humos de calderas, conductos de humos y chimenea · material refractario · válvulas de interceptación · filtros de agua · recuperadores de calor · unidades terminales agua-aire y de distribución de aire · equipos autónomos · sistema de control automático · captadores solares, medidas contra sobrecalentamiento y purgado del campo
BiomasaAlmacenamiento del biocombustible y control visual de la caldera, cada semana (S*) · cenizas, circuito de humos y elementos de seguridad, cada mes · contenedor plegable, dos veces por temporada

La tabla completa, con sus 43 operaciones numeradas, está en la IT 3.3 del texto consolidado.

Error frecuente

Dar por cumplida la legionela porque la mantenedora de climatización «ya trata la torre». La tabla 3.3 pide drenar, limpiar y tratar el circuito de torres dos veces por temporada, pero el RITE remite a la legislación sanitaria, que tiene su propio programa: revisiones, muestreos y limpiezas con sus plazos y sus registros. Son dos obligaciones con dos carpetas. El detalle sanitario está en legionela: qué exige el RD 487/2022.

El programa de gestión energética

Además de mantener, la empresa mantenedora tiene que medir y registrar el rendimiento de los generadores (IT 3.4). Son valores concretos, y deben aparecer en el registro.

Generadores de calor (IT 3.4.1). Seis medidas: temperatura o presión del fluido portador en entrada y salida, temperatura ambiente de la sala de máquinas, temperatura de los gases de combustión, contenido de CO y CO₂, índice de opacidad de los humos en combustibles sólidos o líquidos y tiro en la caja de humos.

Potencia del generador de calorPeriodicidad de las medidas
De 20 a 70 kWCada 2 años
De 70 a 1.000 kWCada 3 meses, la primera al inicio de la temporada
Más de 1.000 kWCada mes

Generadores de frío (IT 3.4.2). Once medidas, entre ellas las temperaturas del fluido en evaporador y condensador, las presiones de evaporación y condensación, la potencia eléctrica absorbida, el EER instantáneo y los caudales de agua.

Potencia del generador de fríoPeriodicidad de las medidas
De 70 a 1.000 kWCada 3 meses, la primera al inicio de la temporada
Más de 1.000 kWCada mes

Dos obligaciones más para instalaciones de más de 70 kW (IT 3.4.4 e IT 3.4.5):

  • La mantenedora hace un seguimiento del consumo de energía y de agua, desagregado por uso (calefacción, refrigeración, ACS) hasta donde permitan los contadores. Esa información se conserva al menos cinco años, se entrega al propietario y se incorpora al Libro del Edificio.
  • La evolución del consumo se pone a disposición de usuarios y titulares cada año, con los datos de los últimos cinco.

Límites de temperatura: 21 °C y 26 °C

La IT 3.8 limita la temperatura del aire en los recintos habitables acondicionados de uso administrativo, comercial y de pública concurrencia (culturales, espectáculos y actividades recreativas, bares, restaurantes y cafeterías, estaciones y aeropuertos), tanto nuevos como existentes:

  • Calefacción: no más de 21 °C.
  • Refrigeración: no menos de 26 °C.
  • Ambos valores, con una humedad relativa entre el 30 % y el 70 %, y solo cuando calentar o enfriar consume energía convencional.

En los recintos de esos usos con más de 1.000 m² hay que mostrar la temperatura y la humedad en un dispositivo visible, de tamaño mínimo DIN A3, uno por cada 1.000 m². Y si el edificio está obligado a tener contrato de mantenimiento, la mantenedora verifica el cumplimiento una vez en verano y otra en invierno y lo anota en el registro (IT 3.8.5).

Quedan fuera los recintos que justifiquen condiciones ambientales especiales o que tengan una normativa específica.

Registro, certificado anual y manual

Los papeles del RITE son tres:

DocumentoQuién lo haceRegla
Registro de operaciones de mantenimientoLo confecciona y lo anota la empresa mantenedora; el titular responde de que existaRecoge mantenimiento y reparaciones. Se conserva al menos cinco años desde cada operación (art. 27)
Certificado de mantenimientoEmpresa mantenedora y, si lo hay, director de mantenimientoAnual, obligatorio donde lo es el contrato. Validez máxima de un año. El titular guarda una copia (art. 28)
Manual de uso y mantenimientoViene con la instalación; la mantenedora lo mantiene al díaInstrucciones de seguridad, de manejo y maniobra y programas de funcionamiento, mantenimiento preventivo y gestión energética (art. 26.4)

El certificado anual no es un albarán. Tiene contenido mínimo (art. 28.2): identificación de la instalación con su número de expediente, identificación de la mantenedora y del mantenedor responsable, declaración expresa de que se ha mantenido según el manual y la IT 3, y un resumen de los consumos anuales (combustible, electricidad, agua de llenado, ACS) y de las aportaciones térmicas, incluidas las renovables. Si esos datos no se pueden obtener, el certificado debe justificarlo. El modelo lo fija cada comunidad autónoma.

Inspecciones periódicas de eficiencia energética

El mantenimiento no sustituye a la inspección. La IT 4 fija tres:

InspecciónA qué instalacionesPeriodicidad
Sistemas de calefacción y ACSGeneradores de calor de más de 70 kW de potencia útil nominal, sumando la generación de calefacción. Se excluyen los sistemas solo de ACS de hasta 70 kWCada 4 años
Sistemas de aire acondicionadoGeneradores de frío de más de 70 kW, sumando la generaciónCada 4 años
Instalación térmica completaMás de 70 kW y más de 15 años desde el primer certificado de la instalaciónCada 15 años, la primera junto con la primera inspección del generador tras cumplir los quince

Lo que el inspector mira en calor: rendimiento y dimensionado del generador frente a la demanda, bombas, distribución y su aislamiento, emisores, regulación y control, evacuación de humos, quemador y combustible, aportación renovable, resultados del programa de gestión energética y la información expuesta al público. En frío, lo equivalente, con ventiladores y distribución de aire. El reglamento fija dos mínimos: un rendimiento a potencia nominal no inferior al 80 % en generadores de calor y un EER no inferior a 2 en generadores de frío.

Quién inspecciona. El titular elige libremente entre las entidades o agentes cualificados o acreditados por la comunidad autónoma (art. 31.2); pueden ser organismos de control habilitados en este campo (art. 29.3). Las comunidades autónomas pueden organizar estas inspecciones por campañas (art. 31.5), así que el procedimiento concreto hay que mirarlo en la tuya.

Exenciones (IT 4.3.4). Quedan exentos de estas inspecciones los edificios no residenciales con un sistema de automatización y control que cumpla la IT 1.2.4.3.5, que es el que el reglamento exige, cuando sea técnica y económicamente viable, a los edificios no residenciales de más de 290 kW. También las instalaciones cubiertas por un contrato de rendimiento energético.

Qué pasa con el resultado

CalificaciónCuándoConsecuencia en una instalación en servicio
AceptableSin defectos graves ni muy gravesLos defectos leves se anotan y se subsanan antes de tres meses
CondicionadaAl menos un defecto grave, o uno leve ya detectado y sin corregirPlazo de corrección, a acreditar antes de 6 meses; si no, el certificado va a la comunidad autónoma, que puede suspender el suministro de energía
NegativaAl menos un defecto muy graveCertificado negativo a la comunidad autónoma, que debe suspender el suministro hasta obtener la calificación de aceptable

Un ejemplo con números

Un hotel con dos calderas de gas de 200 kW y una enfriadora de 300 kW:

  • Calor instalado: 400 kW. Frío instalado: 300 kW. Las dos cifras pasan de 70 kW y ninguna llega a 5.000 kW en calor ni a 1.000 kW en frío.
  • Contrato de mantenimiento obligatorio, sin director de mantenimiento.
  • Operaciones de la tabla 3.3: mensuales, de temporada y de dos veces por temporada.
  • Medidas de rendimiento de calderas y enfriadora cada 3 meses.
  • Certificado anual con el resumen de consumos.
  • Inspección de eficiencia energética de calor y de frío cada 4 años, y de la instalación completa cuando cumpla 15, salvo que el edificio tenga un sistema de automatización y control conforme a la IT 1.2.4.3.5.

Cómo llevarlo en tu plan

  1. Inventario con potencias. Cada generador con su potencia útil nominal y la suma de calor y de frío por instalación. Es el dato que decide contrato, tabla, medidas e inspecciones.
  2. La tabla 3.3 como anexo del contrato. Con el listado de equipos al lado, para que cada operación tenga máquinas concretas y no un «revisión de climatización».
  3. Partes que nombren la operación. Un parte mensual que solo dice «mantenimiento preventivo realizado» no permite comprobar nada. Pide que cada visita deje las operaciones hechas y las medidas tomadas.
  4. Medidas de rendimiento en el calendario, trimestrales o mensuales según la potencia, con los valores registrados.
  5. Certificado anual con fecha de caducidad y aviso un mes antes.
  6. Inspecciones a 4 y 15 años con su vencimiento, como cualquier otra inspección del calendario legal.

Si el mantenimiento lo hace tu equipo con declaración responsable, la tabla 3.3 se convierte en gamas propias con su frecuencia y su registro. La manera de repartirlas en el año está en el plan de mantenimiento preventivo.

Preguntas frecuentes

¿A partir de qué potencia es obligatorio el contrato de mantenimiento del RITE?
Por encima de 70 kW de potencia térmica nominal total instalada en generación de calor o de frío (art. 26.6.b). Entre 5 y 70 kW la instalación también debe mantenerla una empresa mantenedora habilitada, pero el reglamento no exige un contrato.
¿Puede el personal propio hacer el mantenimiento RITE?
Sí, si el titular presenta ante la comunidad autónoma una declaración responsable de que cumple los requisitos del artículo 37 para ejercer como mantenedor (art. 26.8). Entre ellos, un seguro de responsabilidad civil de al menos 300.000 euros y, como mínimo, un operario en plantilla con carné profesional de instalaciones térmicas de edificios. Sin esa declaración, las operaciones son de la empresa mantenedora.
¿Cada cuánto es la inspección de eficiencia energética del RITE?
Cada 4 años para los generadores de calor de más de 70 kW y para los generadores de frío de más de 70 kW (IT 4.3.1 e IT 4.3.2). Cuando la instalación tiene más de 15 años y más de 70 kW se inspecciona además completa, y esa inspección se repite cada 15 años (IT 4.3.3).
¿Cuánto tiempo hay que guardar el registro de mantenimiento del RITE?
Al menos cinco años desde la fecha de cada operación (art. 27.2). El titular responde de que el registro exista y esté a disposición de la administración; las anotaciones las hace la empresa mantenedora.
¿El RITE se aplica a la climatización de una nave o al frío de proceso?
Se aplica a las instalaciones fijas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria que atienden el bienestar térmico y la higiene de las personas. La parte de una instalación térmica dedicada a un proceso industrial o agrícola queda fuera (art. 2.6) y se rige por su propia reglamentación.

Fuentes

  1. Real Decreto 1027/2007, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), texto consolidado (BOE)
  2. Real Decreto 178/2021, por el que se modifica el RITE (BOE)
  3. Real Decreto 487/2022, prevención y control de la legionelosis, texto consolidado (BOE)

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